En torno a las 19h. de hoy, 6 de noviembre de 2012, se ha conocido la resolución del Tribunal Constitucional ante el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra el matrimonio homosexual en 2005.
La decisión ha sido aceptada por ocho de los doce magistrados que allí se encontraban, quedando tres en contra de dicha elección y absteniéndose de intervenir Francisco Hernando por “haber tomado decisiones sobre esa Ley en su anterior cargo de presidente del Consejo General del Poder Judicial”. Por tanto, una inmensa mayoría de los magistrados que componen el pleno han estado de acuerdo en la aprobación de esta norma. El fallo del Tribunal ha sido claro:
“Desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.”
Sin duda, el aval de este órgano a la palabra “matrimonio” ha generado una ola de optimismo revolucionario en las organizaciones homosexuales y un sentimiento de aceptación y progreso en todo aquel que ya siente su unión constitucional.
Desde que el Gobierno socialista de Zapatero (en 2005) aprobara la ley del matrimonio de personas del mismo sexo, se han llevado a cabo más de 22.000 bodas entre homosexuales. En septiembre de 2005 el Partido Popular presentó ante el Tribunal un recurso de inconstitucionalidad contra la ley del matrimonio homosexual. El texto afirma que la ley "desnaturaliza la institución constitucional del matrimonio". Respaldan su recurso en el supuesto incumplimiento del Artículo 32 de la Constitución, que dice textualmente: "El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica". Con ello, hace referencia a que ambos cónyuges (hombre y mujer) son necesarios para contraer matrimonio. Claro, de forma recíproca.
Con esas mismas consideraciones vino la reflexión por parte del Partido Popular, que consideró que “la norma busca la discriminación positiva de los homosexuales”.
Para descontento de los populares, esta vez ha vencido la razón, estableciéndose (aunque solo sea por esta vez) como bandera del órgano más importante en materia de Constitución. ¿Ahora se podría decir que ha ganado la discriminación positiva? Y, ¿desde cuándo el término de discriminación positiva ante la Constitución?
Merece decir que no se atentará contra el interés del menor filial de una pareja homosexual como en su pensamiento tienen algunos populares y populistas. No habrá ningún atentado hacia él o ella; al contrario, todo se tornará poco si se trata de complacer a la alegría de la vida, a la esperanza, al apoyo y al cariño. La sensibilidad que muchos homosexuales tienen va mucho más allá que la de algunas parejas heterosexuales que, lejos de ofensa o desprecio, a veces dejan a un lado los reales intereses del crío a la hora de firmar unos papeles de divorcio.
La lucha, el sacrificio y por tanto la responsabilidad y entrega que muchas personas afectas a su mismo sexo llevan a cabo para poder tener lo que otros tienen con solo un rato de placer, compensa con creces las expectativas que se tienen con respecto a la vida. Por tanto, el valor que se le da a esa nueva vida es mayor; ha costado conseguirlo y jamás será una idea intentar perderlo. Asimismo, no hace falta mencionar el vínculo afectivo que deja en jaque a cualquier sentimiento furibundo o agresivo.
Escribo para desahogarme, como terapia a la represión interna que me han hecho sentir. Y todo por eso, por causas internas.